En el caso específico de la sociedad anónima, es un tipo de sociedad que se constituye por un mínimo de dos socios, los cuales son responsables frente a la sociedad y frente a terceros por una cantidad igual al monto de su aportación, es decir, que en la sociedad anónima la responsabilidad de los socios es limitada, a diferencia de la sociedad en nombre colectivo que la responsabilidad de los socios es solidaria (que es un tipo social en extinción).
La aportación que hace cada uno de los socios en la sociedad anónima está respaldada por acciones, cuyo valor se determina en el momento de la constitución de la sociedad, y todos los accionistas tienen acciones con el mismo valor. Lo que hace una diferencia en el porcentaje que cada accionista tiene respecto del capital social es la cantidad de acciones que cada uno ostenta, ya sea en una serie única o en diversas series dentro de la misma empresa. Esto significa que si la acción de una empresa tiene un valor nominal de $100.-, un accionista que tenga el 50% de un capital social de $50,000.-, tiene 250 acciones con valor nominal de $100.- cada una, es decir, realizó una aportación inicial de $25,000.-
¿Cómo demuestra un accionista que es propietario de un determinado número de acciones dentro de una Sociedad Anónima?
En ese sentido, es importante mencionar que la mayoría de las sociedades anónimas que se constituyen en México nunca emiten los títulos accionarios (las famosas acciones) y cuando llega a haber diferencias entre los accionistas, alguno faltare o sea necesario solicitar la convocatoria a una asamblea, es mucho más complicado ejercer los derechos del accionistas si no se cuenta con los títulos accionarios. Entonces, el accionistas tendrá primero que demandar a la sociedad la emisión de los títulos y posteriormente hacer valer sus derechos una vez que cuente con los títulos citados.
Algunos de los actos para los cuales se necesita exhibir el título accionario para hacer valer los derechos de accionista son los siguientes: